¿Cuando hay terminación de contrato por justa causa, existiendo alguna enfermedades?
El despido de Justa Causa por enfermedad ya sea contagiosa o crónica que supere los 180 días, se da con lo mencionado en el siguiente vídeo.
En concepto 20141120371 de agosto 4 del 2014, el ministerio de salud y protección social, indico que para despedir un trabajador incapacitado por enfermedad de origen común superior a 180 días, se debe tener la autorización del inspector de trabajo y contar con la calificación de invalidez; esto, para evitar des proteger al trabajador y que al momento en que finalice el vínculo. Cuente con los elementos necesarios para no interrumpir ni su tratamiento ni el acceso a la atención médica.
Referencias.
Estado-Ministerio del trabajo. (26/Marzo/2017). Enfermedad No Profesional.
03/Septiembre/2019, de Sitio web:
http://www.mintrabajo.gov.co/preguntas-frecuentes/incapacidad/262-12.
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